Zuavos del Mundo tiene como finalidad la investigación, estudio y divulgación de los Zuavos. Desde su creación en Francia en 1830 pasando por los Estados Unidos de América, Estados Pontificios, Calabria, Polonia, España, Chile, Perú, Brasil y Turquía hasta hoy con los grupos de recreación histórica que mantienen vivo ese espíritu de los Zuavos desde 1867.
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Información sobre el disparo de salvas de armas de avancarga
Se presenta un manual práctico para el disparo de las armas de avancarga que se suele utilizar en las fiestas de Moros y Cristianos. Este manual es el fruto de la experiencia de más de 25 años, la documentación y la valiosa ayuda de José Ramón Galán Talens, el Campeón del mundo en varias ocasiones en las oportunidades en el campo de la avancarga de armas históricas.
Se trata de un manual de fácil lectura, donde se indica todo el proceso que se ha de llevar a cabo para el disparo de este tipo de armas de una forma segura, así como las recomendaciones no sólo de disparo, sino del mantenimiento del arma
Este manual se publicó en 2011 y fue remitido a todas las personas que iban a ser dispares, pero desconfiar de la razón por la cual nunca se repartió.
Desde este blog siempre hemos mantenido el disparo este tipo de armas es una cuestión muy seria, y la prorroga que hasta el 2016, que ha sido de Gran Revuelo, hemos apostado para regularizar esta situación y tener una formación Para el uso de este tipo de armas. Queremos aportar un pequeño grano de arena, y al menos dar unas nociones básicas para su uso de forma segura. Esperemos que las entidades se hagan eco de esto.
65.920
Clasificación de las armas
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6º categoría
- 6ª. 1: Armas de fuego antiguas o históricas, sus reproducciones y asimiladas, conservadas en museos autorizados por el Ministerio de Defensa, si son dependientes de cualquiera de los tres Ejércitos, y por el Ministerio del Interior, en los restantes casos.
- 6ª. 2: Las armas de fuego cuyo modelo o cuyo año de fabricación sean anteriores al 1 de enero de 1890, y las reproducciones o réplicas de las mismas, a menos que puedan disparar municiones destinadas a armas de guerra o a armas prohibidas.
La antigüedad será fijada por el Ministerio de Defensa, que aprobará los prototipos o copias de los originales, comunicándolo a la Dirección General de la Guardia Civil. - 6ª. 3: Las restantes armas de fuego que se conserven por su carácter histórico o artístico.
- 6ª. 4: En general, las armas de avancarga (la pólvora y el proyectil son introducidos por la boca del cañón y el sistema de ignición puede ser una capsula fulminante, pólvora más fina y un pedernal, o un sofisticado sistema de rueda)
Armas inutilizadas
- Armas largas con dispositivo de bloqueo de cierre mediante cerrojo o bloque de cierre, de repetición , semiautomáticas o automáticas, cuando tengan 3 taladros en el cañón, de diámetro no inferior al calibre del arma y distanciados entre sí 5 centímetros, debiendo estar uno de ellos en la recámara.
- Armas largas basculantes cuando tengan 3 taladros en cada cañón, de diámetro no inferior al calibre y distanciados entre centros 5 centímetros, uno de ellos afectando a la recámara. En el caso de las escopetas los taladros serán como mínimo de 8 milímetros de diámetro.
- Pistolas cuando tengan en el cañón un fresado longitudinal a partir del plano de culata, de una anchura igual o superior al 75% del calibre del arma y de una longitud como mínimo del 30% de la del cañón.
- Revólveres cuando tengan un fresado en el cañón de forma similar a las pistolas. El tambor debe tener las paredes de separación de las recámaras cortadas por lo menos en un 75% de su longitud.
- Armas de bloqueo por inercia cuando tengan el cañón fresado a partir del plano de culata en un 30% de su longitud como mínimo, con una anchura igual o superior al 75% del calibre del arma.
- Armas de avancarga cuando tengan en el cañón 3 taladros de diámetro del calibre como mínimo, distanciados 5 centímetros entre centros, uno de ellos afectando al culatín de cierre.
Arcabuz detonante UNDEF
El Remington M1863 “Zouave” PFB 2015
- ZOUAVE 1863 Long Musket.
- grains: El grain es una medida inglesa (su traducción es gramo) que se usa desde hace varios siglos- para medir el peso de artículos pequeños como medicinas, sustancias químicas, piedras y metales preciosos, etc.
Zoutube: Fusil Zouave 1863 calibre .58 con 150 grains de pólvora negra
Según el fabricante Lyman, esta es la carga máxima para el fusil Zouave del calibre .58., la cual produce una potencia de 1,340 pies por segundo.
Por su potencia este fusil se utilizó para la caza mayor.
Remington modelo 1865
El Estado Pontificio había encargado en 1867 unos 10.000 fusiles Remington modelo 1865. Para ganar tiempo en la fabricación, se repartió el pedido de unas 5.000 piezas en Inglaterra y las otras 5.000 a la empresa de los hermanos Nagant, en Bélgica. Una anécdota, es que al tratarse a donde iban destinadas, regalaron gran parte del encargo. Cuando la cayó Roma, los italianos se apoderaron de las armas y las vendieron a los Etíopes. Esos las utilizaron con éxito contra los italianos que emprendían la conquista colonial de la Abisinia (batalla de Adua, 1896). Mussolini logró la tentativa en 1935, pero los viejos fusiles pontificios volvieron a ser vendidos a los Egipcios que las utilizaron aún hasta 1956, durante la expedición franco-inglesa de Suez en 1956.
Fuente: Patrick Nouaille-Degorce
Fusil Pontificio REMINGTON-NAGANT
Es en 1867 los hermanos Emilio y León NAGANT de Lieja consiguieron de los hermanos REMINGTON la autorización para fabricar bajo licencia 5.000 fusiles tipo ROLLING BLOCK cuyo destino fueron los Zuavos Pontificios de la Santa sede. Estas armas fueron pedidas por los católicos belgas en 1867 para el Ejército del Vaticano.
Lleva los punzones del banco de pruebas de Lieja.
El arma también lleva a las siguientes marcas:
Gracias a Patrick Nouaille - Degorce
Para ver más fotos:
Remignton Nagant Ver artículo sobre el Fusil Pontificio REMINGTON WESTLEY RICHARDS 1868 25.620
Modificación Parcial del Reglamento de Armas
Ya conocemos el nuevo proyecto de reforma del Reglamento de Armas El Ministerio del Interior ha publicado oficialmente la “Modificación Parcial del Reglamento de Armas”, un texto de sólo 19 páginas que supone una victoria para los cazadores y tiradores, pero también un duro golpe para los coleccionistas de armas. Descubre el contenido de este nuevo proyecto de reforma aquí: www.armas.es/actualidad/noticias/31132-modificacion-parcial-del-reglamento-de-armas-bueno-para-los-cazadores-desastroso-para-los-coleccionistas.html
Nuevo Reglamento de Armas: el Ministerio de Interior anuncia oficialmente su nueva redacción
Interior elabora un nuevo Proyecto de Reglamento de Armas para incorporar las normas de la UE a la legislación española
La norma incorporará medidas para mejorar la identificación y garantizar que los procedimientos de inutilización de todo tipo de armas sean irreversibles
(Madrid, 4 de abril de 2011) El Ministerio del Interior ha decidido elaborar un nuevo Proyecto de Real Decreto del Reglamento de Armas para incorporar al ordenamiento jurídico español una Directiva de la Unión Europea que ha establecido un nuevo marco regulador de la tenencia y uso de armas.
A finales de 2010, el Ministerio del Interior elaboró un Proyecto de Real Decreto del nuevo Reglamento de Armas que actualizara el aprobado en 1993 e incorporara la legislación europea. Tras abrir un periodo de información pública, las alegaciones presentadas –más de 21.200- han puesto de manifiesto las inquietudes suscitadas en determinados ámbitos sociales y económicos, culturales o deportivos, por lo que el Ministerio del Interior ha decidido redactar un nuevo proyecto que limita las reformas normativas a lo que resulta necesario para dar cumplimiento a las modificaciones derivadas de la aprobación de la Directiva de 2008.
En concreto, el nuevo Reglamento de Armas incorporará:
- Con carácter general las nuevas definiciones de “arma de fuego”, de piezas, la de componentes esenciales y la de munición
- La regulación de la nueva figura del “corredor de armas”
- Completará algunos aspectos referidos a la identificación de armas y su marcado para poder seguir su circulación
- Medidas para cumplir con la necesidad de que la inutilización de las armas sea “irreversible”
El nuevo Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Reglamento de Armas será sometido a trámite de información pública para que todos los ciudadanos y entidades interesadas puedan alegar cuanto estimen oportuno.
PD: Enlace a la nota de prensa emitida por el Ministerio del Interior:www.mir.es/DGRIS/Notas_Prensa/PDF_notas_de_prensa/2011/np040107.pdf
Nueva arma para Moros y Cristianos
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